Beatriz Busaniche

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Los límites del derecho de marcas en el campo de los nombres de dominio de Internet

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Trabajo final del Seminario de Marcas de la Maestría en Propiedad Intelectual de FLACSO Argentina.

Por Beatriz Busaniche1.

“Los nombres de dominio, así como cualquier palabra o nombre, están íntimamente ligados a la libertad de expresión” John Gilmore.

A partir de la masificación de los usos de Internet y su profundo impacto en las transacciones comerciales, la relación entre el régimen de marcas y la delegación de nombres de dominios pasó a ser un objeto de análisis por su capacidad distintiva y unívoca para la localización de un sitio web. Sin embargo, es importante recalcar que los nombres de dominio de Internet responden a una lógica y una forma de distribución diferente de la que regula los derechos de marcas y que, pese a los conflictos conocidos, las controversias no necesariamente se deben resolver a partir de otorgar a los titulares de derechos marcarios más potestades que las que la propia ley de marcas les otorga sin sopesar previamente los impactos que esto puede tener en el dominio público 2 y el ejercicio de la libertad de expresión 3. Ciertamente, los nombres de dominio no son ni deben ser una extensión del derecho de marcas. “Las marcas tienen su razón de ser en tanto exista comercio. Si no hay intercambio de productos no hay necesidad de marcas”(Otamendi, 2003). La función de los nombres de dominios de Internet no sólo es diferente, sino que subsumir la distribución de nombres de dominios al derecho de marcas implicaría subsumir la gestión global de Internet a la lógica de los intereses comerciales.

Este trabajo aborda la relación entre marcas y nombres de dominio, la forma jurídica que caracteriza a cada uno de estos sistemas, los conflictos emergentes y los procesos de resolución de controversias. Considera además los procesos abiertos en organismos internacionales como ICANN y la OMPI para la resolución de controversias, analiza el tema en la regulación argentina y propone algunas ideas para una mejor administración de los nombres de dominio.

Bajar el trabajo en pdf. para seguir leyendo.

  1. Este trabajo se distribuye bajo una licencia Creative Commons, Atribución, Compartir Obras Derivadas Igual de Argentina. Para más información visite http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/deed.es_AR []
  2. Samuelson, Pamela. (2003) “Mapping the Digital Public Domain: threats and opportunities” Law and Contemporary Problems, Vol. 66, No. 1/2, The Public Domain (Winter ­ Spring, 2003), pp. 147­171 Duke University School of Law []
  3. Vale mencionar como ejemplo el caso de Ford vs. Great Domains.com. La Automotriz inició acciones legales por
    violación de ley de marcas y violación de ACPA Anti­Cibersquating Consumer Protection Act a diferentes sitios que utilizaban palabras registradas como Marcas por la empresa. Ford inició acciones legales contra los dominios jaguarcenter.com (un sitio dedicado a la preservación de jaguares), vintagevolvo.com (un sitio de fanáticos de volvos clásicos), entre otros. Más información sobre estos casos en http://w2.eff.org/legal/cases/Ford_v_GreatDomains/
    []

Written by Bea

julio 16th, 2010 at 6:54 pm

Posted in Maestría

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